El tiempo

lunes, 28 de febrero de 2022

Comentario de texto 9,3.

MANIFIESTO DEL PACTO DE SAN SEBASTIÁN 1930.

¡Españoles! Surge de las entrañas sociales un profundo clamor popular que demanda justicia y un impulso que nos mueve a procurarla. Puestas sus esperanzas en la República, el pueblo está ya en medio de la calle...

Cuando pedíamos justicia se nos arrebató la libertad; cuando hemos pedido libertad, se nos ha ofrecido como concesión unas Cortes amañadas como las que fueron barridas, resultantes de un sufragio falsificado convocadas por un Gobierno de dictadura, instrumento de un rey que ha violado la Constitución y realizadas con la colaboración de un caciquismo omnipotente...

Venimos a derribar la fortaleza en que se ha encastillado el Poder personal, a meter la Monarquía en los archivos de la Historia y a establecer la República sobre la base de la soberanía nacional representada en una Asamblea Constituyente. De ella saldrá la España del porvenir...

Entre tanto, nosotros, conscientes de nuestra misión y de nuestra responsabilidad asumimos las funciones del Poder Público con carácter de Gobierno Provisional.

¡Viva España con honra! ¡Viva la República!


N. Alcalá Zamora, Miguel Maura, F. Largo Caballero, F. De los Ríos, Indalecio Prieto... Manuel Azaña, Alejandro Lerroux.... 21 de diciembre de 1930”.

1. Resuma con brevedad el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).

2. Señale y explique las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).

3. Responda a la siguiente cuestión: "La dictadura del Primo de Rivera y el final del reinado de Alfonso XIII". (Puntuación máxima: 3 puntos).

Comentario de texto 9.2.

 Discurso de Indalecio Prieto en las Cortes sobre el desastre de Annual.

«Hay en la evacuación de Annual un punto profundamente oscuro. Las limitaciones impuestas a esta investigación por el señor La Cierva, como ejecutor de acuerdos de aquel Gobierno, han impedido al instructor averiguar si la orden de evacuación la dictó el comandante general por propia iniciativa, o si ella fue fruto de una indicación del Alto Comisario, general en jefe.

Ved las dudas que en este respecto inspiran estos párrafos, no del general Picasso, sino del fiscal militar del Consejo Supremo de Guerra y Marina: "En este momento (el de la evacuación) aparece un punto oscuro que no se ha podido dilucidar en la información gubernativa por la limitación impuesta al juez instructor y a la que con tanta frecuencia nos hemos tenido que referir, y es el de que, según se desprende de unas declaraciones, avisado el comandante general (folio 1742) de la aproximación de numerosas fuerzas enemigas que venían sobre Annual, ello resolvió al comandante general a cambiar rápidamente de opinión y resolver hacer la retirada inmediata; otros afirman, entre ellos el comandante Llanes, de Regulares, que cuando aquél estaba dando disposiciones le avisó por la radio el Alto Comisario, y mandó esperar a los jefes para decirles la última palabra después de la conferencia con el Alto Comisario, y en seguida salió con el jefe de Estado Mayor, ordenando la retirada inmediata".

"Por otro lado, existe un telegrama (folio 57), en el que comunica el comandante general al Alto Comisario que después de tomar acuerdo en el Consejo de jefes, y en vista del numeroso enemigo y carencia de municiones, ordena la retirada sobre Izumar y Beni- Tieb, procurando llegar a este punto" Y se pregunta, con una perfecta lógica, el fiscal, del Tribunal Supremo de Guerra y Marina: "¿Cuál de estas versiones es la verdadera? ¿Resolvió por sí el comandante general la precipitada retirada? ¿Fue siguiendo las opiniones de la Junta de jefes? ¿ recibió orden para ello del Alto Comisario en la conferencia por radio celebrada un momento antes de dar la orden definitiva?'».

Diario de Sesiones de las Cortes, 21 de noviembre de 1922.

1. Resuma con brevedad el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).

2. Señale y explique las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).

3. Responda a la siguiente cuestión: "La intervención en Marruecos". (Puntuación máxima: 3 puntos).

Comentario de fuente 9.1.

Atentado contra Alfonso XIII. 31 de mayo de 1906. Fuente: ABC.

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo a la siguiente imagen. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).
2. Explique el contexto histórico del reinado constitucional de Alfonso XIII hasta el asesinato de Canalejas.  
(Puntuación máxima: 1 punto).



martes, 8 de febrero de 2022

Comentario de fuente 8.2.

 


1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo a la siguiente imagen. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).
2. Explique el contexto histórico del proceso industrialización española en el XIX
.  (Puntuación máxima: 1 punto).

domingo, 6 de febrero de 2022

Comentario de fuente 8.1.

 

Anteproyecto de ensanche de Madrid 1857 - 1860. 

Plano general de la zona de ensanche y del emplazamiento y distribución del nuevo caserío.

Real orden de 8 de abril de 1857.

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo a la siguiente imagen. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).
2. Explique el contexto histórico del proceso de urbanización y transición demográfica 
española en el siglo XIX.  (Puntuación máxima: 1 punto).

lunes, 31 de enero de 2022

Comentario de fuente 2. Tema 7.

 


Viñeta de Ramón Cilla en la revista Blanco y Negro. 1898.

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo a la siguiente imagen. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).
2. Explique el contexto histórico de la independencia de Cuba y Filipinas.  
(Puntuación máxima: 1 punto).

Comentario de texto tema 7.

DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución, Rey de España, y en su nombre y durante su minoría de edad, la Reina Regente del Reino. A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente:

Articulo 1.° El derecho de asociación que reconoce el art. 13 de la Constitución podrá ejercitarse libremente, conforme a lo que preceptúa esta ley. En su consecuencia, quedan sometidas a las disposiciones de la misma las Asociaciones para fines religiosos, políticos, científicos, artísticos, benéficos y de recreo o cualesquiera otros lícitos que no tengan por único y exclusivo objeto el lucro ó la ganancia. Se regirán también por esta ley los gremios, las Sociedades de socorros mutuos, de previsión, de patronato y las cooperativas de producción de crédito o de consumo.

(...)

Art. 3.° Sin perjuicio de lo que el Código penal disponga relativamente a los delitos que se cometan con ocasión del ejercicio del derecho de asociación o por la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos por la presente ley para que las Asociaciones se constituyan o modifiquen, el Gobernador de la provincia impedirá que funcionen y que celebren reuniones los asociados, poniendo los hechos en conocimiento del Juzgado de instrucción correspondiente dentro de las veinticuatro horas siguientes a su acuerdo.

(...)

Art. 9.° Los fundadores, Directores, Presidentes ó representantes de cualquier Asociación darán conocimiento por escrito al Gobernador civil en las capitales de provincia, y a la Autoridad local en las demás poblaciones, del lugar y días en que la Asociación haya de celebrar sus sesiones o reuniones generales ordinarias, veinticuatro horas antes de la celebración de la primera.

(...)

Art. 11. Las Asociaciones que recauden o distribuyan fondos con destino al socorro o auxilio de los asociados o a fines de beneficencia, instrucción u otro análogo, formalizarán semestralmente las cuentas de sus ingresos y gastos, poniéndola de manifiesto a sus socios y entregando un ejemplar de ella en el Gobierno de provincia, dentro de los cinco días siguientes a su formalización. La inobservancia de este artículo se castigará por los medios expresados con una multa de 50 a 150 pesetas.

Art. 12. La Autoridad gubernativa podrá penetrar en cualquier tiempo en el domicilio de una Asociación y en el local en que celebre sus reuniones, y mandará; suspender en el acto toda sesión o reunión en que se cometa o acuerde cometer algunos de los delitos definidos en el Código penal.

(...)

Por tanto: mandamos a todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes.

Dado en Palacio a treinta de Junio de mil ochocientos ochenta y siete.

YO LA REINA REGENTE.

1. Resuma con brevedad el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).

2. Señale y explique las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).

3. Responda a la siguiente cuestión: "La regencia de Mª Cristina y la oposición al turno de partidos". (Puntuación máxima: 3 puntos).


Comentario de fuente 1. Tema 7.

 


Cánovas y Sagasta. Revista "El Loro" 1882.

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo a la siguiente imagen. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).
2. Explique el contexto histórico de la Constitución de 1876 y el turno de partidos durante la Restauración.  
(Puntuación máxima: 1 punto).

miércoles, 19 de enero de 2022

Sobre el comentario 6.3 Amadeo de Saboya.

 Si queréis ampliar más vuestros conocimientos sobre el 6.3 podéis leer el reciente artículo de National Geographic sobre Amadeo de Saboya.

https://historia.nationalgeographic.com.es/a/amadeo-i-saboya-rey-desafortunado_15557

Un rey que llegó con el objetivo de unir a todos los españoles y que sin duda lo consiguió, y ya era difícil, pero los unió en contra suya. Nadie quiso aceptar a un rey que seguramente era demasiado elitista y refinado para las costumbres españolas.



miércoles, 12 de enero de 2022

Comentario de texto 6.3.

 CARTA DE DESPEDIDA DE AMADEO DE SABOYA AL CONGRESO.

Grande fue la honra que merecí a la nación española eligiéndome para ocupar su trono; honra tanto más por mi apreciada, cuanto que se me ofreció rodeada de las dificultades y peligros que lleva consigo la empresa de gobernar un país tan hondamente perturbado.

Alentado, sin embargo, por la resolución propia de mi raza, que antes busca que esquiva el peligro, decidido a inspirarme únicamente en el bien del país, y a colocarme por cima de todos los partidos, resuelto a cumplir religiosamente el juramento por mí prometido a las Cortes Constituyentes, y pronto a hacer todo linaje de sacrificios por dar a este valeroso pueblo la paz que necesita, la libertad que merece y la grandeza a que su gloriosa historia y la virtud y constancia de sus hijos le dan derecho, creí que la corta experiencia de mi vida en el arte de mandar seria suplida por la lealtad de mi carácter, y que hallaría poderosa ayuda para conjurar los peligros y vencer las dificultades que no se ocultaban a mi vista, en las simpatías de todos los españoles amantes de su patria, deseosos ya de poner término a las sangrientas y estériles luchas que hace tanto tiempo desgarran sus entrañas.

Conozco que me engañó mi buen deseo. Dos años largos ha que ciño la corona de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada vez más lejana la era de paz y de ventura que tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados tan valientes como sufridos, sería el primero en combatiros; pero todos los qué con la espada, con la pluma, con la palabra agravan y perpetúan los males dé la nación son españoles, todos, invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien; y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cual es la verdadera, y más imposible todavía hallar el remedio para tamaños males.

Lo he buscado ávidamente dentro de la ley, y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien ha prometido observarla. Nadie achacará á flaqueza de ánimo mi resolución. No había peligro que me moviera a desceñirme la corona si creyera que la llevaba en mis sienes para bien de los españoles, ni causó mella en mi ánimo el que corrió la vida de mi augusta esposa, que en este solemne momento manifiesta, como yo el vivo deseo de que en su día se indulte a los autores de aquel atentado. Pero tengo hoy la firmísima convicción de que serian estériles mis esfuerzos e irrealizables mis propósitos.

Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la nación; y en su nombre á vosotros, la corona que me ofrecía el voto nacional, haciendo de ella renuncia por mí, por mis hijos y sucesores.

Estad seguros de que al despedirme de la corona no me desprendo del amor a esta España tan noble como desgraciada, y de que no llevo otro pesar que el de no haberme sido posible procurarla todo el bien qué mi leal corazón para ella apetecía.

Amadeo. Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873.


1. Resuma con brevedad el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).

2. Señale y explique las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).

3. Responda a la siguiente cuestión: "El reinado de Amadeo I y la I República". (Puntuación máxima: 3 puntos).