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sábado, 21 de diciembre de 2019

Felices fiestas invernales 2019-20

Tras un larguísimo periodo de clases tenemos unos días de descanso. Un poco de música de Haendel (uno de los grandes músicos del XVIII y de la humanidad) para desearos paz y felicidad en estas fiestas y para el próximo año 2020.

sábado, 7 de diciembre de 2019

Música para el final de una época.


Para poner sonido al tema que estamos estudiando se me ocurre una obra que se cuenta como de las mejores de la música hecha en España. Es la “Música Nocturna de las calles de Madrid” (compuesta en 1780) de Luigi Bocherini (1743-1805), compositor de origen italiano (aunque ya sabéis que en el XVIII buena parte de los territorios italianos seguían vinculados a la familia Borbón). Aunque la obra cronológicamente pertenezca al siglo XVIII más que al XIX, para mí representa la música de un mundo que está a punto de desaparecer para siempre en “la crisis del Antiguo Régimen”, que es el título de nuestro tema.
El respeto al trabajo de los compositores musicales del XVIII (Mozart y Beethoven entre otros) y la solemnidad con la que interpreta la Banda Sinfónica del Ejército Español merece que escuchéis la música hasta el final.
He seleccionado esta interpretación porque precisamente será el Ejército Español el protagonista de los siglos XIX y XX de la Historia de España, la única institución que parece que funcionó en el fin del Imperio Español y evitó la total dispersión de sus cenizas utilizando su fuerza.

Enlace a Youtube: https://youtu.be/qbBSMw82Ye4


jueves, 5 de diciembre de 2019

Comentario de fuente 5.3.

Resultado de imagen de mapa de la independencia hispanoamericana

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido. (Puntuación máxima: 0´5 puntos).

2. Explique el contexto histórico de la independencia de la América española.

Comentario de texto 5.3.

Cuando vuestros heróicos esfuerzos lograron poner término al cautiverio en que me retuvo la mas inaudita perfidia, todo cuanto ví y escuché, apenas pisè el suelo patrio, se reunió para persuadirme que la Nacion deseaba ver resucitada su anterior forma de Gobierno; y esta persuasion me debiò decidir á conformarme con lo que parecia ser el voto casi general de un pueblo magnánimo que, triunfador del enemigo extrangero, temia los males aun mas horribles de la intestina discordia.

(...)

Pero mientras Yo meditaba maduramente con la solicitud propia de mi paternal corazon las variaciones de nuestro régimen fundamental, que parecian mas adaptables al caracter nacional y al estado presente de las diversas porciones de la Monarquía española, así como mas análogas á la organizacion de los pueblos ilustrados, me habeis hecho entender vuestro anhelo de que se restableciese aquella Constitucion que entre el estruendo de armas hostiles fue promulgada en Cádiz el año de 1812, al propio tiempo que con asombro del mundo combatiais por la libertad de la patria. He oido vuestros votos, y cual tierno Padre he condescendido á lo que mis hijos reputan conducente á su felicidad. He jurado esa Constitucion, por la cual suspirábais, y seré siempre su mas firme apoyo. Ya he tomado las medidas oportunas para la pronta convocacion de las Cortes. En ellas, reunido á vuestros Representantes, me gozaré de concurrir á la grande obra de la prosperidad nacional

Españoles: vuestra gloria es la única que mi corazon ambiciona. Mi alma no apetece sino veros en torno de mi Trono unidos, pacíficos y dichosos. Confiad, pues, en vuestro Rey, que os habla con la efusion sincera que le inspiran las circunstancias en que os hallais, y el sentimiento íntimo de los altos deberes que le impuso la Providencia. Vuestra ventura desde hoy en adelante dependerá en gran parte de vosotros mismos. Guardaos de dejaros seducir por falaces apariencias de un bien ideal, que frecuentemente impiden alcanzar el bien efectivo. Evitad la exaltacion de pasiones, que suele transformar en enemigos á los que solo deben ser hermanos, acordes en afectos como lo son en religion, idioma y costumbres. Repeled las pérfidas insinuaciones, halagueñamente disfrazadas, de vuestros emulos. Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional; y mostrando á la Europa un modelo de sabiduría, orden y perfecta moderacion en una crisis que en otras naciones ha sido acompañada de lágrimas y desgracias, hagamos admirar y reverenciar el nombre Español, al mismo tiempo que labramos para siglos nuestra felicidad y nuestra gloria.

 Palacio de Madrid 10 de Marzo de 1820.

1. Resuma con brevedad el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0’5 puntos).
2. Señale las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).
3. Responda a las siguientes cuestiones. (Puntuación máxima: 3 puntos): El sexenio absolutista y el Trienio Liberal.

lunes, 2 de diciembre de 2019

Comentario de fuente 5.2.

Resultado de imagen de mapa de cadiz 1812 fuente original


Plano original de la Bahía de Cádiz en 1812 por D. José Mariano Vallejo. Fuente: Instituto Geográfico Nacional.

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido. (Puntuación máxima: 0´5 puntos).

2. Explique el contexto histórico de las Cortes de Cádiz de 1810 (Puntuación máxima: 1 punto).

Comentario de texto 5.2.


“Las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación española, decretan la siguiente Constitución:

Art.1 La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

Art.2 La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna persona o familia.

Art.3 La soberanía reside esencialmente en la Nación, y, por lo mismo, pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

Art.4 La Nación está obligada a conservar y proteger las leyes sabias y justas, la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.

Art.8 También está obligado todo español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción a sus haberes para los gastos del Estado.

Art.12 La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, única y verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.

Art.13 El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin último de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen.

Art.14 El gobierno de la Nación española es una monarquía moderada hereditaria.

Art.15 La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey.

Art.16 La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el rey.

Art.17 La potestad de aplicar las leyes en causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos”

Constitución política de la Monarquía Española.
Promulgada en Cádiz. 19 de marzo de 1812.



1. Resuma con brevedad el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0’5 puntos).
2. Señale las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).
3. Responda a las siguientes cuestiones. (Puntuación máxima: 3 puntos): Características de la Constitución de 1812. Importancia y periodos de vigencia.