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sábado, 5 de noviembre de 2022

Música para el nuevo estado español del XVIII

La llegada de Felipe V de Borbón modificó las estructuras del estado para implantar un modelo centralizado y absolutista para todos los territorios del Reino de España (con la excepción de los Señoríos Vascos y Navarra). Había que proporcionar nuevos símbolos. Fue Carlos III de Borbón (hijo de Felipe V e Isabel de Farnesio) el que comenzó a utilizar la "Marcha de Granaderos" como la música con la que pasaba revista a las tropas, y comenzó a llevar como símbolo de su presencia la bandera de la Marina de Guerra española (que estaba construyendo para dominar América), en ella se aprecia el rojo de la sangre con la que se defiende el amarillo que representa el oro y las riquezas de América, aunque según los documentos, se cambió el blanco de la antigua bandera por el amarillo porque se veía mejor en el mar. También aparece la corona que está sobre los emblemas del Reino de Castilla y León, con cuya legislación se han integrado el resto de los territorios de la antigua Corona de Aragón.


Actualmente el símbolo musical del estado español se basa en esta marcha de granaderos que siempre , desde Carlos III acompañará la presencia de la familia real española. De esta melodía con tambor y flauta en su origen se inspiran otras músicas militares actuales, como esta "Marcha de Revista del Rey", que utilizó sobre todo el emérito Juan Carlos I para anunciar su presencia, y que ha dejado de utilizar su hijo Felipe VI, que por cierto ha quitado de su estandarte las aspas rojas de la Cruz de Borgoña, quizá para que no nos acordemos mucho de su padre.


Estandarte de Felipe VI.


viernes, 4 de noviembre de 2022

Comentario de texto. Tema 4.

Sistema de tratados de Utrecht 1713-15, Rastatt 1714, Baden 1714 y Viena 1725.

Tratado de paz entre la Corona de España y la Gran Bretaña. Firmado en Utrecht el 13 de julio de 1713.

Artículo 1º: Habrá una paz cristiana y universal y una perpetua y verdadera amistad entre el Serenísimo y muy Poderoso Príncipe Felipe V, rey Católico de las Españas, y la Serenísima y Muy Poderosa Princesa Ana, Reina de la Gran Bretaña, entre sus herederos y sucesores (...)

 Artículo 8: Será libre el uso de la navegación y del comercio entre los súbditos de ambos reinos (...) y para que la navegación y comercio a las Indias occidentales queden más fírmemente y ampliamente asegurados, se ha convenido y ajustado también por el presente que ni el Rey Católico ni alguno de sus herederos y secesores puedan vender, ceder (....) a los franceses ni a ninguna otra nación tierras, dominios y territorios algunos de la América española.

 Artículo 10: El rey católico, por sí y por sus herederos, y sucesores, cede por este tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar (...)

 Artículo 11: El Rey católico (...), dede también a la corona británica toda la isla de Menorca, transpasándola para siempre todo el derecho y pleno dominio sobre dicha isla (...)

 Artículo 12: El rey Católico da y concede a su Majestad británica y a la compañía de vasallos suyos formada para este fín la facultad para introducir negros en diversas partes de los dominios de su Majestad Católica en América (...) Quiso, demás de esto, el Rey Católico conceder a la dicha Compañía otras grandes ventajas, las cuales la más plena y extensamente se explican en el tratado de marzo de este año presente de 1713; el cual asiento de negros, todas sus claúsulas, condiciones, inmunidades y privilegios en él contenidos.

 Artículo 13: (...) El Rey católico, por su atención a Su majestad Británica, concede y confirma por el presente a cualesquiera habitadores de Cataluña, no sólo la amnistía deseada, juntamente con la plena posesión de todos sus bienes y honras, sino que les da y concede también todos aquellos privilegios que poseen y gozan los habitadores de las dos Castillas, que, de todos los pueblos de España, son los más amados del Rey católico (...).

COMENTARIO DE TEXTO.

1. Resuma con brevedad el contenido del texto. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).

2. Señale y explique las ideas fundamentales del texto. (Puntuación máxima: 1 punto).


3. Responda a las siguientes cuestiones: La Guerra de Sucesión Española y el sistema de Utrecht. Los Pactos de Familia. y La nueva Monarquía Borbónica. Los Decretos de Nueva Planta. Modelo de Estado y alcance de las reformas. (Puntuación máxima: 3 puntos).

Comentario de fuente. Tema 4.

 

El Motín de Esquilache. Dibujo de E. Zarza y litografía de J. Donon incluido en De los Ríos, J. A. (1864). Historia de la villa y Corte de Madrid

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo a la siguiente imagen. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).

2. Explique el contexto histórico de las Ideas fundamentales de la
Ilustración. El despotismo ilustrado: Carlos III. (Puntación máxima: 1 punto).