Os deseo unas felices fiestas y un buen comienzo del año 2025 (con la cabeza siempre encima de los hombros, nunca por el suelo) con un poco de música navideña. En esta ocasión uno de los primeros villancicos de música moderna de los que se tiene constancia. Se llama Tu scendi dalle stelle (Tú bajas de las estrellas), compuesto en 1754 por el clérigo napolitano Alfonso María de Ligorio (declarado santo y patrono de los abogados y de los enfermos de artrosis), en la época en la que el futuro Carlos III de España era Rey de Nápoles.
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viernes, 20 de diciembre de 2024
Felices fiestas de fin de año 2024.
Música en la España del siglo XIX.
La construcción de un estado liberal nacional requería también un esfuerzo de unificación cultural. A ello contribuyó la temática de las zarzuelas, que ensalzaban los valores tradicionales culturales españoles.
Un ejemplo de música de la época de Isabel II es la zarzuela "Pan y toros" del maestro Francisco Asenjo Barbieri con libreto de José Picón, estrenada en el Teatro de la Zarzuela de Madrid el 22 de diciembre de 1864.
Las zarzuelas son obras musicales teatralizadas que alternan partes instrumentales, partes vocales (solistas o corales) y partes habladas. Algo parecido a la ópera, aunque anterior a ella. Las zarzuelas aparecen en España en el siglo XVII para poner música a las obras de teatro. En el siglo XIX las zarzuelas podían llegar a durar hasta 4 horas (como un concierto de Bruce Springsteen, ja, ja). Normalmente tenían 3 actos, aunque a partir de 1868 la crisis política y económico afectó a este género musical y para abaratar costes y hacerlo accesible al público las zarzuelas se redujeron a un acto (género chico). El gran momento de las zarzuelas vendrá con el crecimiento económico desde 1874 hasta la época final del franquismo.
jueves, 19 de diciembre de 2024
Comentario de fuente tema 5.
Revista "La Flaca". 1873.
1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo al siguiente documento. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).
2. Relacione esta imagen con el sexenio democrático y la I República Española. (Puntuación máxima: 2.5 puntos).
Comentario de texto Tema 5.
Artículo 1. Todos los poderes públicos emanan de la nación, en la que reside esencialmente la soberanía.
Artículo 3. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.
Artículo 14. La nación se obliga a mantener y proteger el culto y los ministros de la religión católica que profesan los españoles. Pero ningún español ni extranjero podrá ser perseguido por sus opiniones o creencias religiosas, mientras no las manifieste por actos públicos contrarios a la religión.
Artículo 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Artículo 16. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.
Artículo 48. La persona del rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los ministros.
Artículo 49. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el rey.
Artículo 50. El rey sanciona y promulga las leyes.
Constitución "non nata" 1856.
martes, 3 de diciembre de 2024
Música para el final de una época.
Si tuviera que poner música a la época del comienzo del fin del Imperio Español elegiría cualquier obra de Luigi Boccherni. Nacido en Lucca (Italia) el 19 de Febrero de 1743, llegó a España en 1768 y ocupó en primer lugar el cargo de maestro de capilla del Infante Don Luis Antonio de Borbón, hermano de Carlos III, y más tarde el de director de la orquesta de la condesa-duquesa de Benavente así como el de violonchelista agregado a la Real Capilla.
Comentario de fuente Tema 4.

1. Explique brevemente el tipo de fuente, la localización cronológica y el contenido atendiendo al siguiente documento. (Puntuación máxima: 0,5 puntos).
2. Relacione esta imagen con la Guerra de la Independencia y la Constitución de 1812. (Puntuación máxima: 2.5 puntos).
Comentario de texto Tema 4.
«Soldados, mi amor hacia vosotros es grande. Por lo mismo yo no podía consentir, como jefe vuestro, que se os alejase de vuestra patria, en unos buques podridos, para llevaros a hacer una guerra injusta al nuevo mundo; ni que se os compeliese a abandonar a vuestros padres y hermanos, dejándolos sumidos en la miseria y la opresión. (…).