Los efectos de esta ley se extienden a todo el territorio de la República. Su
aplicación, en orden a los asentamientos de campesinos, tendrá lugar en los términos
municipales de Andalucía, Extremadura, Ciudad Real,
Toledo, Albacete y Salamanca.
Las tierras del Estado y las que constituyeron antiguos señoríos, transmitidas desde su
abolición hasta hoy por título lucrativo podrán ser
objeto de asentamientos, sea
cualquiera la provincia donde radiquen.
La inclusión en posteriores etapas, a los fines
de asentamiento de las fincas situadas en términos
municipales de las 36 provincias
restantes, solo podrá realizarse a propuesta del Gobierno [... ]
La ejecución de esta ley quedará encomendada al Instituto de Reforma Agraria,
como órgano encargado de transformar la Constitución rural española [... ]
El Instituto de Reforma Agraria promoverá la formación de organismos de crédito
a fin de facilitar a los campesinos asentados el capital necesario para los gastos de
explotación [... ]
Serán susceptibles de explotación las tierras incluidas en los siguientes
apartados:
1. Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños siempre que su adquisición se
considere de interés por el Instituto de Reforma Agraria.
5. Las que por las circunstancias de su adquisición, por no ser explotadas
directamente por los adquirientes y por las condiciones personales de los mismos, deba
presumirse que fueran compradas con fines de especulación o con el único objeto de
percibir su renta [...]
7. Las incultas o manifiestamente mal cultivadas en
toda aquella porción que, por
su fertilidad y favorable situación, permita un cultivo permanente con rendimiento
superior al actual [...]
Quedarán excluidas de la adjudicación temporal y de
la expropiación las siguientes:
a. Los bienes comunales pertenecientes a los pueblos, las vías pecuarias [...]
b. Los terrenos dedicados a explotaciones forestale
s [...].
d. Las fincas que por su ejemplar explotación o transformación puedan ser consideradas
como tipo de buen cultivo técnico o económico [...].
Gaceta de Madrid,
21 de septiembre de 1932.
Ley de Bases de la Reforma Agraria.
2. Señale y explique las ideas principales del texto.
3. Responda a las siguientes cuestiones: La Constitución de 1931 y las reformas del Bienio 1931-33.
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